¿Tenías boleto para ver a Katy Perry en Guadalajara? Esto dice Profeco sobre reembolso

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Profeco dijo que la compensación por cancelación del concierto de Katy Perry en Guadalajara no debe ser menor a 20% del precio pagado.

Tras la cancelación de los conciertos de Katy Perry en la Arena Guadalajara, programados para el 1 y 2 de mayo próximo, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) dijo que estará atenta a los reembolsos, así como a la compensación no menor a 20% que cada persona con boleto deberá recibir, esto por precio pagado.

Fue Zigma Live, promotora del evento musical, la encargada de dar a conocer que la cancelación del concierto de la cantante estadounidense, así como los de Carlos Rivera e Intocable, se debían a que la construcción del venue no estaba terminada con los estándares de seguridad y comodidad adecuados para el público en esas fechas.

Ante esta situación, la Profeco ha informado que estará atenta al cumplimiento de la devolución del importe de los boletos adquiridos por las personas consumidoras, al igual que de la compensación que corresponde por ley.

 

Consumidores deberán recibir compensación por cancelación de conciertos de Katy Perry en Guadalajara

En el comunicado oficial emitido por la procuraduría, se señala que al cancelarse definitivamente un evento, el proveedor debe informar cuáles son los canales de atención al cliente, así como las fechas en que se llevará a cabo el reembolso de lo pagado, más los cargos por servicio.

Para poder solicitar el reembolso, la dependencia recomienda tener los comprobantes de pago, los boletos físicos o los correos con los tickets digitales. La devolución debe hacerse utilizando la misma forma de pago con la que se realizó la compra, comunicó la Profeco.

 

Asimismo, señala que se tiene derecho a una compensación no menor al 20% del precio pagado cuando las causas de la cancelación o cambio de fechas de un evento sean imputables al promotor o boletera del evento, como en este caso.

El Artículo 92 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), estipula que los consumidores tendrán derecho a la bonificación o compensación cuando la prestación de un servicio sea deficiente, no se preste o proporcione por causas imputables al proveedor, o por los demás casos previstos por la ley.

 

Al final indicó que en caso de que la empresa no devuelva el monto de las entradas y no entregue la compensación, o no lo haga en el periodo establecido en los términos y condiciones, los afectados pueden presentar una queja a través del Teléfono del Consumidor, 55 5568 8722 y 800 468 8722, o bien a través del correo electrónico [email protected].

 

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