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Telefonía de larga distancia: Conoce las nuevas reglas del juego

A partir de este primero de enero de 2015, concluyen los cobros de larga distancia en el territorio nacional, debido a una resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel). Con esto, los mexicanos podrán llamar a otras partes de la República Mexicana de manera local y compañías como Teléfonos de México (Telmex) y Telcel ya no podrán cobrar las tarifas de interconexión como venía ocurriendo por mandato constitucional.

A partir de este primero de enero de 2015, concluyen los cobros de larga distancia en el territorio nacional, debido a una resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel). Con esto, los mexicanos podrán llamar a otras partes de la República Mexicana de manera local y compañías como Teléfonos de México (Telmex) y Telcel ya no podrán cobrar las tarifas de interconexión como venía ocurriendo por mandato constitucional.

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A pesar de que ahora todo el país será una Área de Servicio Local (ASL), la marcación seguirá siendo igual en llamadas desde teléfonos fijos o celulares, mientras que la larga distancia internacional seguirá funcionando como de costumbre, pero con un costo extra.

En el caso de las llamadas a celulares, continúa activa la modalidad “El que llama, paga”, marcando 044 para números locales y 045 para números de otras regiones del país. En ambos casos, la tarifa de cobro será la misma.

Otro de los cambios importantes es la eliminación de la llamada por cobrar a través de un enlace con la operadora. En lugar de ello, se ponen a disposición los números 200, 800 y 900.

Sobre la marcación, desde este jueves podrás seguir marcando 01 y el número de 10 dígitos (que ya incluye la clave LADA), lo que también aplica para las llamadas internacionales (en las que el código de acceso es 00).

De acuerdo con la información publicada en el Diario Oficial de la Federación, las personas están en su libre derecho de elegir libremente a su proveedor de servicios y respetar la voluntad de las partes en los contratos vigentes, según lo dicta el artículo 191 fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

“Los contratos de servicios de larga distancia a través de enlaces dedicados que se encuentren vigentes podrán mantenerse para la provisión del Servicio Local y el de larga distancia internacional siempre y cuando se respete lo establecido en la disposición Séptima de las presentes Disposiciones, relativa a la eliminación de tarifas de larga distancia nacional,” Diario Oficial de la Federación.

Foto: Shutterstock

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