¿Cancelarán mi cuenta si no configuro el MTU antes del 1 de octubre 2025? Esto sabemos

El MTU entrá en vigor el 1 de octubre de 2025, por lo que cada cliente debe configurarlo. Foto: Bigstock
El MTU entrá en vigor el 1 de octubre de 2025, por lo que cada cliente debe configurarlo. Foto: Bigstock
El Monto Transaccional del Usuario (MTU) entrará en vigor el 1 de octubre de 2025. ¿Cómo impactará en tus transferencias y cuenta?

En los últimos días las dudas alrededor del Monto Transaccional del Usuario (MTU) han surgido. Una de ellas es si cancelarían una cuenta bancaria si no se configura. Si tienes esa pregunta, a continuación te decimos qué pasaría con ella, al igual que con tus transferencias.

 

¿Qué es el MTU y para qué sirve?

Empecemos por explicar qué es el MTU. Impulsado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), es una medida de seguridad para que cada cliente delimite, desde la aplicación móvil o banca en línea, un monto máximo en sus transferencias bancarias digitales en México.

De acuerdo con la CNBV, establecer dicho monto servirá para evitar fraudes en transferencias a terceros y aplica para:

  • Pagos SPEI
  • CoDi
  • Dimo
  • Transferencias electrónicas

 

¿Cancelarán mi cuenta si no configuro el MTU?

El Monto Transaccional del Usuario entra en vigor el 1 de octubre de 2025, fecha en la que, de no haber configurado tu MTU, el banco lo hará por ti de forma automática, lo que limitaría tus transferencias a 1,500 UDIS, es decir, aproximadamente a 12,800 pesos por transferencia.

Ahora bien, ¿te cancelarían tu cuenta en caso de que no configures el MTU? La respuesta es no, lo único que va a ocurrir es que la institución bancaria donde la tengas determinará el límite máximo de dinero por cada una de tus transferencias.

Es importante que sepas que, a partir del 1 de enero de 2026, todos los clientes deberán tener configurado su Monto Transaccional del Usuario, tal como lo ha estipulado la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

 

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